ACCOUNTING FOR ENVIRONMENTAL DAMAGE IN COLLECTIVE REPARATIONS PROGRAMS FOR INDIGENOUS AND AFRODESCENDANT COMMUNITIES AFFECTED BY THE COLOMBIAN ARMED CONFLICT
ISSN:1692-8156
El daño ambiental en los
programas de reparación colectiva
para comunidades indígenas y
afrodescendientes afectadas por
el conflicto armado en Colombia*
Accounting for Environmental
Damage in Collective Reparations
Programs for Indigenous and
Afrodescendant Communities Affected
by the Colombian Armed Conflict
Carlos H. Lozano-Acosta**
Fecha de recepción: 15 de agosto de 2010
Fecha de aceptación: 2 de octubre de 2010
Para citar este artículo / To cite this article
Carlos H. Lozano Acosta, El daño ambiental en los programas de reparación
colectiva para comunidades indígenas y afrodescendientes afectadas por el
conflicto armado en Colombia, 17 International Law, Revista Colombiana
de Derecho Internacional, 287-322 (2010).
* Artículo de revisión temática.
** Abogado y magíster en derecho de la Universidad Nacional de Colombia, UN. Investigador del área de reparaciones del Programa Colombia del Centro Internacional para la
Justicia Transicional, ICTJ (por sus siglas en inglés) e investigador asociado del grupo
Política y legislación sobre biodiversidad, recursos genéticos y conocimiento tradicional,
PLEBIO, vinculado al Instituto de Genética y al Instituto Unidad de Investigaciones
Jurídico-Sociales, UNIJUS de la UN. Bogotá, Colombia. El artículo no compromete
la posición del ICTJ.
Contacto: .
Int. Law: Rev. Colomb. Derecho Int. ildi, Bogotá (Colombia) N° 17: 287-322, julio-diciembre de 2010
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Carlos H. Lozano-Acosta
Resumen
El artículo intenta efectuar una revisión crítica y propositiva de la teorización sobre programas de reparaciones colectivas como medidas de justicia
transicional. Para ello, propone la valoración del daño ambiental como
un criterio fundamental del diseño y asignación de medidas de reparación
colectiva para comunidades indígenas y afrodescendientes, en su calidad
de etnias y en atención a la manera particular como estos sujetos perciben
los efectos del conflicto armado y otras formas de violencia asociadas. La
forma específica de valoración del daño ambiental dependerá del diseño
institucional de reparaciones colectivas que se adopte en el caso concreto. La
inclusión de este criterio tendría el potencial de aportar al empoderamiento
de las comunidades étnicas en el uso sostenible de recursos naturales. A
su vez, el empoderamiento tendría la vocación de incidir en la reversión
de los efectos de legados de abuso sistemáticos contra las comunidades
indígenas y afrodescendientes.
Palabras clave autor: Reparaciones, etnias, daño ambiental, territorio,
derechos colectivos, valoración.
Palabras clave descriptor: Reparación (Justicia penal), comunidades indígenas, conservación del medio ambiente, derechos colectivos.
Int. Law: Rev. Colomb. Derecho Int. ildi, Bogotá (Colombia) N° 17: 287-322, julio-diciembre de 2010
El daño ambiental en los programas de reparación colectiva
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Abstract
This article seeks to offer a critical and constructive review of the conceptualization or theory behind collective reparations programs as transitional justice
tools. To this end, the article proposes that an assessment of environmental
harms is a fundamental criterion for the design and assignment of collection
reparations measure for afrodescendant and indigenous communitites. Particular attention must be paid as to how these subjects perceive the effects of
the armed conflict and related forms of violence. The specific type of assessment of the environmental harms will depend on the institutional design for
collective reparations that are adopted in certain concrete cases. Including
this criterion would have to potention of empowering ethnic communities
toward the sustainable use of national resources. In turn, the empowerment
would have the effect if intervening to reverse the legacy of systematic abuse
against indigenous and afrodescendant communities.
Key words author: Reparations, ethnicities, environmental harm, land, collective rights, assessment.
Key words plus: Reparation (Criminal justice), Indigenous peoples, Conservation of the Environment, Collective Laws.
Sumario
Introducción.- I. Los programas de reparaciones colectivas como forma de cumplir el deber de reparar.- A. Cuestiones fundamentales de los
programas de reparaciones colectivas.- II. La definición de los sujetos
colectivos beneficiarios.- III. La determinación de las violaciones y
los daños objeto de la reparación colectiva.- IV. Diseño de las medidas
de reparación colectiva.- V. El daño ambiental en los territorios de
comunidades indígenas y afrodescendientes.- VI. Criterios para la
valoración del daño ambiental en los programas de reparaciones co lectivas.- Bibliografía.
Int. Law: Rev. Colomb. Derecho Int. ildi, Bogotá (Colombia) N° 17: 287-322, julio-diciembre de 2010
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Carlos H. Lozano-Acosta
Introducción
El Derecho Internacional de los Derechos Humanos, DIDH,
ha reconocido progresivamente la existencia de un derecho
subjetivo a la reparación a favor de las víctimas de violaciones
a los derechos humanos e infracciones al derecho humanitario,
que obliga al Estado colombiano. Por tanto, cuando una obligación del DIDH es transgredida, surge el deber de suministrar
reparaciones como remedio al daño.1
El desarrollo del derecho a la reparación en Colombia, por la
influencia del derecho internacional y de la jurisprudencia doméstica, encuentra un hito jurisprudencial en la sentencia de la
Corte Constitucional C-228 de 2002, que sugirió su integralidad
a partir de la estrecha relación con la justicia y la búsqueda de
la verdad, y reconoció la protección en sentido amplio de los
derechos de las víctimas, más allá de las pretensiones de compensación económica.2 El tribunal también ha entendido que
la reparación guarda relación, de un lado, con las nociones de
dignidad humana, solidaridad,3 Estado de derecho y democracia
participativa,4 y de otro, con la retribución penal, que tiene un
efecto preventivo del delito, al crear conciencia sobre los efectos
del daño derivado de la conducta punible5 y que entraña medidas
individuales y colectivas, restitución, indemnización –incluyendo daño moral y material–, rehabilitación física y psicológica y
satisfacción, expresada en medidas simbólicas.6
Este derecho está sujeto normativamente a la libertad de
configuración legislativa, en virtud de la cual se satisfacen fines
constitucionales legítimos como el debido proceso, el respeto por
las funciones de la sanción penal, la proporcionalidad y razonabilidad en las decisiones judiciales y la restricción al enriqueci1
2
3
4
5
6
Case Concerning the Factory at Chorzów, Germany v. Poland (Claim for Indemnity)
(Jurisdiction). Permanent Court of International Justice, PCIJ, Serie B, No. 3, 1925.
Corte Constitucional, C-228 de 2002. Magistrados ponentes Manuel José CepedaEspinosa y Eduardo Montealegre-Lynett.
Corte Constitucional, C-409 de 2009. Magistrado ponente Juan Carlos Henao-Pérez.
Corte Constitucional, C-823 de 2005. Magistrado ponente Álvaro Tafur-Galvis.
Corte Constitucional, C-580 de (...truncated)