LA REFORMA CONSITUCIONAL EN ITALIA: PROCEDIMIENTO Y CONTENIDO

Estudios Socio-Jurídicos, Jan 1999

Eduardo Rozo Acuña Abogado del Externado de Colombia Ex Profesor de la Universidad del Rosario Ex Diplomático Profesor Ordinario de Derecho Público comparado de la Facultad de Jurisprudencia Universidad de Urbino

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LA REFORMA CONSITUCIONAL EN ITALIA: PROCEDIMIENTO Y CONTENIDO

LA REFORMA CONSITUCIONAL EN ITALIA: PROCEDIMIENTO Y CONTENIDO1 Eduardo Rozo Acuña Abogado del Externado de Colombia Ex Profesor de la Universidad del Rosario Ex Diplomático Profesor Ordinario de Derecho Público comparado de la Facultad de Jurisprudencia Universidad de Urbino 1. El problema de la reforma constitucional en Italia. Como se sabe, la Constitución que hoy rige en Italia, promulgada en 1974 entró en enero de 1948, al tiempo que fue el punto final de los sucesos italianos de la segunda guerra mundial, significó el comienzo de una nueva etapa histórica para el país: el fin del fascismo y de la monarquía, el comienzo de la República, de la democracia parlamentaria y del pluralismo político.2 Fue el resultado de una Asamblea Constituyente que representó todas las fuerzas políticas democráticas, deseosas de reconstruir un país destruido por la guerra y por las luchas intestinas. La Constitución debía ser el instrumento y la base jurídico-política para la construcción del nuevo estado social de derecho, desarrollado y de participación democrática, capaz de dar contenido y de realizar el fundamental programa de remover los obstáculos de orden económico y social, que, limitando de hecho la libertad de igualdad de los ciudadanos, impiden el pleno desarrollo de la persona humana como también la efectiva participación de todos los trabajadores en la organización política, económica y social del país.3 Un juicio objetivo sobre la Primera República puede ser dado en el sentido que hasta finales de los años 70 el país no sólo logró un gran desarrollo económico (algunos lo califican de milagroso), sino también un desarrollo político considerable, tal vez más acelerado que el mismo desarrollo económico, que desafortunadamente desbordó en un exceso de poder de los sindicatos y de los partidos políticos. Los primeros, los sindicatos, en gran parte, fueron causa de la creación de una estructura de estado social de bienestar (welfare-state) que no tuvo en consideración las realidades económicas del país ni su futuro parte integral de una nueva Europa unificada.4 Los segundos, los partidos, especialmente los de centro-izquierda dominantes (democristianos, socialistas, liberal-republicanos), que han mando en el país después de la guerra crearon una verdadera partidocracia,5 que sin duda ha sido causa de la tremenda situación de la deuda pública interna, que no tiene comparación en el mundo desarrollado, en los otros,6 y uno de los más altos índices de corrupción política y administrativa, que produjeron el fenómeno de la "revolución" judicial de mani pulite de tanta importancia para nuestro tema, pues, con él, la necesidad de la reforma constitucional y de las instituciones se volvió urgente e inaplazable, ya que ha conllevado, como consecuencia inmediata, la extinción, por lo menos formal, de los viejos partidos políticos y de la clase política que los ha dirigido.7 2. El procedimiento para la reforma constitucional . En este punto de las consideraciones generales, es posible afirmar que, en el momento actual, Italia se encuentra políticamente obligada a cambiar su Constitución para poder, de este modo, comenzar su nueva etapa política, justamente la Segunda República, pues de la primera, luego de Tangentopoli y de Manipulite quedan sólo los vestigios institucionales que no son más funcionales ni para la continuidad del sistema político italiano ni, sobre todo, para la entrada y la permanencia definitiva de Italia en la Unión Europea, meta obligatoria fijada para los próximos dos años, especialmente con la entrada en vigor de la moneda única, el Euro, y de la unión económica y monetaria en 1999. En este último período de 1192 a 1995Italia ha visto la extinción de todos los principales y tradicionales partidos políticos<DC-PSI-PCI-Liberal-Republicano> y el seguimiento nuevos <Lega-CCD-PPI-Forza Italia-PDS-RC>8. Se ha visto aprobar una reforma del sistema electoral que, en vez de mejorar, ha empeorado la situación, pues sin decidirse por un sistema mayoritario o por la confirmación del viejo sistema proporcional, optó por tomar lo peor de dos sistemas, creando un sistema electoral mixto cuyos resultados han sido verdaderamente negativos para la gobernabilidad del país.9 También se vio la victoria, con el nuevo sistema electoral, del partido-empresa de Berlusconi, Forza Italia, que junto con la alianza Nacional, partido heredero del fascista Movimiento Social Italiano, y de la Lega Nord, formó un gobierno que duró sólo pocos meses, también esta vez en buena parte por causa de los problemas judiciales del jefe de gobierno, Berlusconi. Después de dos gobiernos de emergencia,10 ganaron las elecciones de 1996 las fuerzas de izquierda del PDS y de RC (los excomunistas y los nuevos comunistas), con algunos movimientos políticos nuevos de centro -Maccanico, Dini, los Populares de Marini- y el partido de los Verdes, formaron la alianza del "Ulivo", que ha gobernado al país en los últimos meses. Esta alianza de gobierno, cuyo líder es el jefe del PDS, ex partido comunista, Massimo D’Alema, ha dirigido el actual proceso de reforma constitucional, teniendo la presidencia de la Comisión Parlamentaria Bicameral, que comenzó a funcionar en de febrero de 1997, y que el 30 de junio de 1997 terminó su primera fase "quasi constitucional", consignando al Parlamento su Primer Proyecto de Ley constitucional o de acto legislativo reformatorio de la constitucional11 y que después de haber recogido y clasificado las enmiendas al proyecto propuestas por los parlamentarios, presentó un texto definitivo al Parlamento en noviembre de 1997, que no llegó a ser aprobado, ahogándose definitivamente en junio de 1998, lo que significó el enésimo fracaso, en los últimos quince años, en el intento reformar la Constitución. Italia es un país con muchas dudas sobre el papel que debe desempeñar el pueblo en la solución de sus problemas políticos y tal vez por esta razón las instituciones de la democracia indirecta priman sobre las directas. Existe iniciativa popular sobre las leyes pero no para las reformas constitucionales; hay referéndum pero no solo abrogativo y con exclusión de las materias constitucionales.12 La Constitución, que nació de una Asamblea Constituyente, y la República, que nació de un referéndum, prohíben la participación popular directa, por vía de constituyente o de referéndum en la Reforma de la Constitución y del sistema político. En efecto, la Constitución ha previsto para las revisiones constitucionales un procedimiento esencialmente indirecto, según el cual el constituyente es el Parlamento y las reformas son sometidas a consulta popular sólo en caso que sean aprobadas con menos de los dos tercios de los votos de las cámaras y si, además, lo solicitan la quinta parte de los miembros de una cámara, quinientos mil ciudadanos o cinco Consejos regionales. El proyecto de reforma es de exclusiva iniciativa del Parlamento; las cámaras lo discuten y aprueban o rech (...truncated)


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Eduardo Rozo Acuña. LA REFORMA CONSITUCIONAL EN ITALIA: PROCEDIMIENTO Y CONTENIDO, Estudios Socio-Jurídicos, 1999, pp. 7-32, Volume 1, Issue 1,