The International Court of Justice

Anuario mexicano de derecho internacional, Jan 2015

Humberto Cantú Rivera

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The International Court of Justice

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM http://biblio.juridicas.unam.mx www.juridicas.unam.mx Kolb, Robert, The International Court of Justice, Oxford, Hart Publishing, 2013, 1307 pp. Uno de los temas más elusivos para los juristas mexicanos, al menos en sus etapas de formación profesional y en los primeros años de ejercicio profesional, es el ejercicio y funcionamiento del derecho internacional. Las largas horas dedicadas al estudio del derecho interno o doméstico contrastan con los breves cursos sobre derecho internacional, público y privado, que a menudo se ofrecen en las universidades del país. Al ser esta rama del derecho de una enorme amplitud, es imposible abordar su funcionamiento de una forma concisa, por lo que a menudo es importante retomar las breves síntesis que se ofrecen sobre la materia en los periodos formativos. Sin embargo, uno de los temas que sobresalen, y que mayor disciplina requieren para su estudio y comprensión, es el de las instituciones judiciales a nivel internacional, sobresaliendo de entre ellas la Corte Internacional de Justicia. La Corte, con sede en el Palais de la Paix en La Haya, es el principal órgano jurisdiccional de la Organización de las Naciones Unidas, y sirve como máxima instancia de solución pacífica de controversias a nivel internacional. Sustituyó, en 1945, a su antecesora, la Corte Permanente de Justicia Internacional, y comenzó sus funciones en 1946. Cuenta con 15 jueces, electos por un periodo de nueve años con posibilidad de reelección para un segundo término. Robert Kolb presenta, a través de su estudio de la Corte, una importante y exhaustiva contribución sobre el funcionamiento de este órgano principal de las Naciones Unidas. The International Court of Justice contiene doce capítulos, en donde se abordan diferentes cuestiones relativas a la organización, funciones y decisiones de la Corte. El primero de ellos presenta algunas observaciones preliminares sobre la resolución pacífica de controversias, dentro de las que aborda la historia de la solución de controversias a nivel internacional, y cómo se llegó a la utilización del derecho internacional para ese fin. Asimismo, algunas reflexiones se presentan respecto al Capítulo VI de la Carta D. R. © 2015. Universidad Nacional Autónoma de México-Instituto de Investigaciones Jurídicas. Anuario Mexicano de Derecho Internacional, vol. XV, 2015, pp. 903-907 México, D. F., ISSN 1870-4654 RESEÑAS Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM http://biblio.juridicas.unam.mx www.juridicas.unam.mx 904 de las Naciones Unidas, relativo a la solución pacífica de controversias. Un segundo apartado presenta los orígenes y ambiente en que desarrolla su labor la Corte Internacional de Justicia. Así, hace referencia al origen de la Corte Permanente de Justicia Internacional en 1920, y su transición de un tribunal de arbitraje en una instancia de justicia internacional. El tercer capítulo de la obra presenta los documentos en que se encuentra delimitada la actividad de la Corte, haciendo desde luego énfasis en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia y en la Carta de las Naciones Unidas (donde el primero forma parte integral de la última), y posteriormente en las reglas del funcionamiento de la Corte (Reglas de la Corte). Asimismo, presenta brevemente las Recomendaciones Prácticas de la Corte, adoptadas en octubre de 2001 (y enmendadas en enero de 2009 y marzo de 2013), un conjunto de trece reglas adicionales a las Reglas de la Corte que reflejan los resultados de la revisión de los métodos de trabajo del órgano. Un cuarto capítulo se enfoca en analizar la composición de la Corte; así, reseña la composición del panel de jueces y sus características; el procedimiento de elección de los jueces ante la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; las Salas de la Corte (donde distingue la existencia de una Sala de procedimiento sumario; de una Sala temática, y de una Sala especial, cuyo carácter es ad hoc), y donde finalmente, comparte algunos breves apuntes sobre la Secretaría de la Corte. La parte medular de la obra de Kolb se centra en el procedimiento contencioso sobre el que tiene competencia la Corte, relativo a las disputas entre Estados, al que dedica casi 800 páginas en su quinto capítulo. Si bien pudiera parecer excesiva tanta exhaustividad, lo cierto es que el procedimiento ante la Corte Internacional de Justicia amerita un conocimiento detallado de los aspectos jurídicos, técnicos y prácticos que coinciden en esa instancia. Las primeras tres secciones del quinto capítulo sobre el procedimiento contencioso las dedica al acceso al procedimiento ante la Corte, a la suspensión del procedimiento y finalmente, a la competencia de la Corte y la admisión de los casos. Un apunte que vale la pena resaltar es la distinción entre competencia y jurisdicción, claras en idiomas español y francés (compétence y juridiction), pero relativamente confusas en inglés, donde el uso común para designar la competencia y la jurisdicción es jurisdiction. De la misma forma, Kolb analiza la distinción entre las competencias y admisibilidad general y especial, y posteriormente sobre las esferas de admisibilidad y competencia personal, material, temporal y espacial. Anuario Mexicano de Derecho Internacional, vol. XV, 2015, pp. 903-907 La cuarta sección de este capítulo de la obra de Kolb discute sobre las primeras fases del procedimiento, concentrándose en las excepciones preliminares. Tras ello, discute en las siguientes tres secciones algunos aspectos esenciales de la competencia. Así, la quinta sección se refiere a la competencia personal (ratione personae), analizando quién tiene legitimación para comparecer ante la Corte; la sexta sección hace énfasis en la competencia material (ratione materiae) de la Corte, donde analiza qué casos pueden ser llevados ante dicha instancia jurisdiccional; la séptima, por su parte, hace referencia a la competencia consensual (ratione consensus), en donde analiza cuándo puede la Corte decidir un caso llevado ante ella, poder que solo ostenta con el consentimiento de los Estados. La octava sección se refiere brevemente a la libertad para utilizar otro medio de solución de controversias, aún si la Corte tiene jurisdicción obligatoria, mientras que la novena sección discute los límites a la jurisdicción de la Corte si la materia de la controversia afecta los derechos y obligaciones de terceros Estados que no han consentido a ella. Si bien las demás secciones del quinto capítulo son relevantes, destacan por su importancia la sección sobre la competencia de la Corte para determinar su competencia referente a un caso; la sección sobre las medidas provisionales de protección, o la sección sobre la reconvención. Otra sección analiza brevemente el procedimiento regular ante la Corte, m (...truncated)


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Humberto Cantú Rivera. The International Court of Justice, Anuario mexicano de derecho internacional, 2015, pp. 903-907, Volume 15,