EL DESARROLLO Y LA CONCRECIÓN DE LA BUENA FE EN LA INTEGRACIÓN DE LOS CONTRATOS

Revista chilena de derecho privado, Jan 2022

This paper aims to show that the role that the principle of good faith plays in the construction of implied terms in contract law can be elaborated into more precise and concrete rules in statutory law, custom and precedents. This is to be established through a careful analysis of relevant statutory law, contractual usages and judicial decisions. To be sure, these sources are hierarchically ordered such that, facing a contractual gap, a judge must apply first statutory provisions and contractual usages, before relying on his own judicial powers to imply a contractual term. This means, it is contended, that when judges exercise their power to fill contractual gaps, they are also filling gaps in statutory law and, therefore, they are not only constructing a particular contract but contributing to the development of the law of contracts more generally.Keywords : good faith; contractual implication; implied terms.

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EL DESARROLLO Y LA CONCRECIÓN DE LA BUENA FE EN LA INTEGRACIÓN DE LOS CONTRATOS

Revista Chilena de Derecho Privado, n.º 38, pp. 131-171 [julio 2022] EL DESARROLLO Y LA CONCRECIÓN DE LA BUENA FE EN LA INTEGRACIÓN DE LOS CONTRATOS GOOD FAITH IN THE CONSTRUCTION OF IMPLIED TERMS IN CONTRACTS Adrián Schopf Olea* Artículos de doctrina Article Resumen Este trabajo sostiene que la buena fe, en su función de integración de los contratos, puede ser desarrollada y concretizada en reglas más precisas por la ley, la costumbre y los jueces, en un sentido equivalente. De ello da cuenta un análisis pormenorizado de la legislación contractual dispositiva, la costumbre y la definición judicial de los términos implícitos que se integran a los contratos suplementando sus lagunas. Lo indicado plantea la pregunta por la relación jerárquica entre esas tres fuentes de determinación de lo ordenado por la buena fe, pudiendo asumirse que, frente a la existencia de una laguna en el contrato necesitada de suplementación, el juez debe ante todo aplicar la legislación contractual dispositiva y la costumbre, de existir y resultar suficientes para complementar el acuerdo. Solo en defecto de una regla de esa especie, el juez puede formular directamente un término implícito que se incorpora a la convención. Por tanto, la integración contractual por los jueces con fundamento en la buena fe presupone tanto una laguna en el contrato como una laguna en la ley, dando cuenta que al complementar el negocio los mismos suplen y desarrollan no solo el contrato, sino también el Derecho contractual objetivo. 131 Palabras clave: buena fe contractual; integración contractual; términos implícitos * Doctor en Derecho, Universidad de München. Profesor de Derecho civil, Univer sidad Adolfo Ibáñez y Universidad de Chile. Dirección postal: Diagonal Las Torres 2640, Peñalolén, Santiago. Correo electrónico: Este trabajo es parte del proyecto FONDECYT de iniciación n.º 11160785, titulado “La buena fe contractual como potestad delegada dirigida”. Recepción: 2021-06-23; aceptación: 2022-03-07. Revista Fueyo 38 250722.indd 131 25-07-22 17:04 Artículos de doctrina Adrián Schopf RChDP n.º 38 Abstract This paper aims to show that the role that the principle of good faith plays in the construction of implied terms in contract law can be elaborated into more precise and concrete rules in statutory law, custom and precedents. This is to be established through a careful analysis of relevant statutory law, contractual usages and judicial decisions. To be sure, these sources are hierarchically ordered such that, facing a contractual gap, a judge must apply first statutory provisions and contractual usages, before relying on his own judicial powers to imply a contractual term. This means, it is contended, that when judges exercise their power to fill contractual gaps, they are also filling gaps in statutory law and, therefore, they are not only constructing a particular contract but contributing to the development of the law of contracts more generally. Keywords: good faith; contractual implication; implied terms Introducción 132 La buena fe constituye un principio fundamental del Derecho privado que puede desempeñar diferentes funciones en la ordenación del contrato, dentro de las cuales destaca especialmente la de integración contractual. En virtud de esta función, la buena fe constituye el fundamento de un conjunto de deberes secundarios de conducta y otros efectos jurídicos accesorios, los que se incorporan implícitamente a los contratos suplementando sus lagunas. En atención a su configuración como cláusula general, la buena fe no se deja aplicar mecánicamente mediante un simple juicio de subsunción para los efectos de integrar el contrato, siendo necesario, como paso previo, su condensación en una regla contractual más precisa y delimitada, tanto en sus presupuestos como efectos jurídicos. La necesidad de desarrollar y concretizar la buena fe puede tenerse por una característica indefectible de la misma, la que lleva a la necesidad de identificar las fuentes de deter minación de los deberes de conducta y demás efectos jurídicos que se derivan de ella para suplementar el contrato. De conformidad al planteamiento aquí seguido, el desarrollo y con creción de la buena fe para integrar el contrato configura una tarea permanente, la que puede ser efectuada en un sentido funcionalmente equi valente por la propia ley, por la costumbre y, finalmente, por los jueces. De ello da cuenta un análisis pormenorizado de la legislación contractual dispositiva, la costumbre y los términos implícitos determinados judicialmente Revista Fueyo 38 250722.indd 132 25-07-22 17:04 Julio 2022 El desarrollo y la concreción de la buena fe en la integración de los contratos Revista Fueyo 38 250722.indd 133 Artículos de doctrina en el caso concreto, todos los cuales tienen un mismo objeto común: definir lo que una parte contratante puede esperar razonablemente de la otra más allá de lo declarado en el contrato, suplementado el programa contractual libremente convenido. Esta comprensión de la buena fe y su concreción en la integración del contrato tiene un soporte institucional directo en el artículo 1546 del Código Civil, permitiendo un tratamiento unitario y coherente de todo el proceso de integración contractual a la luz de un mismo principio regulador de carácter general, precisamente constituido por la buena fe. La relación señalada entre la buena fe y su desarrollo o concreción por las tres fuentes de determinación referidas, lleva a la pregunta de si frente a la existencia de una laguna en un contrato necesitada de suplementación el juez debe recorrer algún orden de prelación o si, por el contrario, puede aplicar indistintamente una norma legal dispositiva, un uso normativo o formular directamente una regla contractual que pueda desprenderse de la naturaleza de la obligación contratada, con fundamento en una concreción judicial de la buena fe. El argumento aquí desarrollado es que frente a la existencia de una laguna en el contrato necesitada de suplementación, el juez debe ante todo aplicar la norma legal dispositiva o consuetudinaria que desarrolla abstractamente la buena fe, de existir esa norma y resultar pertinente y aplicable al conflicto contractual concreto. Por lo mismo, solo en defecto de una norma de esa especie, sea por su inexistencia o insuficiencia, el juez puede formular directamente y en concreto una regla contractual que integra el contrato, concretizando el estándar del contratante leal y honesto que subyace a la buena fe, en aquella parte que no ha sido previamente desarrollada por el legislador o la costumbre. Por lo tanto, la integración del contrato por el juez con fundamento en la buena fe tiene un lugar residual, al tener siempre por presupuesto una laguna en el contrato primero y una laguna en la ley después. El correlato inmediato de ello es la necesidad de que el término implícito definido judicialmente debe resultar coherente, no solamente con el propio contrato, sino también con la (...truncated)


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Adrián Schopf-Olea. EL DESARROLLO Y LA CONCRECIÓN DE LA BUENA FE EN LA INTEGRACIÓN DE LOS CONTRATOS, Revista chilena de derecho privado, 2022, pp. 131-171, Issue 38, DOI: 10.4067/S0718-80722022000100131